domingo, 17 de febrero de 2008

Ley 29164 - CONGRESO MODIFICA LEY QUE PERMITE CONCESIONAR PROYECTOS EN PATRIMONIO CULTURAL

Regiones deberán aprobar previamente relación de bienes inmuebles.
La Comisión Permanente del Congreso modificó ayer la norma que permite desarrollar planes de concesión en lugares que conforman nuestro patrimonio cultural, disponiendo que los gobiernos regionales deben previamente aprobar la relación de los bienes inmuebles en los que se podrá desarrollar dichos proyectos, la misma que deberá contar también con la opinión favorable del Instituto Nacional de Cultura.
Al inicio, dicha comisión dejó sin efecto, por 11 votos en contra, 7 a favor y 3 abstenciones, la derogatoria de la Ley de Promoción y Desarrollo sostenible de Servicios Turísticos en los bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación (Ley 29164), dispositivo que permite desarrollar planes de concesión en algunos de estos lugares.
En su lugar y sin la presencia de los representantes de la bancada nacionalista quienes se retiraron del Hemiciclo en señal de protesta, la referida Comisión aprobó -por 10 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones- un texto sustitutorio por el cual se precisan los alcances de la Ley 29164.
La derogatoria a la referida ley había sido aprobada- en primera votación- la semana pasada, y sólo faltaba la ratificación de la Comisión Permanente en una segunda votación para que la misma tuviera efecto.
No obstante los legisladores decidieron finalmente no respaldar la eliminación de la mencionada ley. Esta decisión generó las protestas de los parlamentarios nacionalistas así como de algunas autoridades regionales del Cusco presentes en el Hemiciclo.
La situación llegó a tal punto que el propio presidente del Congreso, Luis Gonzales Posada, se vio en la obligación de llamar severamente la atención a quienes protestaban lanzando acusaciones subidas de tono.
Superado este impase y con la presencia de los legisladores del Apra, Unidad Nacional, Alianza Parlamentaria y la bancada fujimorista, se sancionó favorablemente la propuesta que hace precisiones a la norma sobre desarrollo sostenible de los servicios turísticos.
El texto sustitutorio aprobado establece en su artículo primero que para la aplicación de los alcances, deberes y derechos inherentes a la Ley 29164 será un requisito e indispensable, que los gobiernos regionales aprueben mediante acuerdo del Consejo Regional la relación de los bienes inmuebles en los que se podrá desarrollar los proyectos de concesión de servicios turísticos.
La norma sancionada precisa además que dicha relación de bienes deberá contar con la opinión favorable del Instituto Nacional de Cultura.
De igual manera se precisa que la Ley 29137 que establece el procedimiento especial y transitorio para licencias de ampliación, modificación o remodelación de establecimientos de hospedaje; no será aplicable en los inmuebles declarados como patrimonio cultural de la nación por el Instituto Nacional de Cultura. (Andina).

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